| Condiciones Generales de Contratación de Versión 07.02.2002 Por acuerdo recíproco, las condiciones que se 
            exponen a continuación forman parte del contrato y priman sobre 
            condiciones divergentes de compra u otras condiciones similares del 
            cliente. Para cobrar validez legal, cualquier modificación, 
            suplemento o estipulación especial precisan forma escrita. A cada cliente le serán entregadas las 
            condiciones generales previo al inicio de las obras, por medio de 
            uno de nuestros empleados.  En caso de dudas, éstas deberán comunicarse de 
            inmediato a nuestra oficina. Reclamaciones posteriores no podrán ser 
            admitidas. Condiciones de las prestaciones y reparaciones I. Disposiciones generales En tanto las condiciones posteriores no contengan 
            disposiciones al respecto, en los trabajos en edificios (obras) 
            serán de aplicación el reglamento general de contratación de obras 
            (VOB), parte B y las normas DIN 18 299, DIN 18 382 y DIN 18 384 como 
            »condiciones técnicas de contratación de las obras (ATV)« o la parte 
            C (VOB/B respectivamente VOB/C). Nuestras ofertas comprenden documentación como 
            dibujos, figuras, etc. Las medidas y los datos de peso son 
            aproximados, a menos que su exactitud se especifique expresamente. 
            Para esta documentación nos reservamos los derechos de propiedad y 
            de autor. No podrá ser facilitada a terceros sin nuestro 
            consentimiento ni utilizada con fines distintos a los acordados. Si 
            el pedido no se adjudica, la documentación elaborada específicamente 
            para el cliente será devuelta por éste por su propia cuenta y, en 
            todo caso, cuando se le solicite. II. Plazos Los plazos de entrega y de finalización solamente 
            son vinculantes si su cumplimiento no es impedido por circunstancias 
            ajenas a nuestra empresa. También son consideradas como tales 
            circunstancias los cambios en la documentación y la falta de 
            documentación necesaria para ejecutar el pedido (permiso de obra, 
            entre otros). En cualquier caso de demora (obras), el cliente 
            sólo puede reclamar conforme a §8 nº. VOB/ B, si para el comienzo y 
            la terminación se había fijado por escrito una fecha del calendario 
            y, una vez transcurrido este plazo, el cliente había fijado un 
            adecuado periodo adicional declarando, que en caso de transcurrir 
            este periodo sin ser fructuoso, retiraría la solicitud.  III. Gastos derivados de pedidos no ejecutados Puesto que las horas empleadas en la localización 
            de fallos son horas de trabajo, los gastos que se producen y que 
            sean demostrables serán a cargo del cliente, si el encargo no llegó 
            a ejecutarse porque: ·el defecto reclamado no fue 
                detectable por reglas de arte ·el cliente no observó el plazo 
                convenido por su culpa ·el pedido fue cancelado durante la 
                ejecución ·al utilizar productos de electrónica 
                recreativa las condiciones de recepción no eran impecables IV. Gastos derivados del presupuesto Si se elabora un presupuesto a petición del 
            cliente, el cliente se hará cargo de los gastos según el tiempo 
            empleado en su elaboración.  V. Garantía por vicios materiales y 
            responsabilidad  El proveedor responderá de los vicios materiales 
            según se especifica a continuación: 1. El proveedor tiene la obligación de retocar, 
            resuministrar o aportar nuevamente - según su criterio - todas 
            aquellas piezas o prestaciones, que dentro del término de 
            prescripción, sin tener en cuenta la vida útil, presenten defectos 
            materiales, en tanto que su causa ya existía en el momento del 
            traspaso de riesgos. 2. Las pretensiones por vicios materiales 
            prescriben a los 12 meses a menos que la Ley prescriba plazos más 
            largos conforme al §438 párr.1 nº2, (edificios y objetos para 
            edificios), 479 párr.1 (derecho de regreso) y 634a párr.1 nº2 (vicios 
            en edificios) del Código Civil alemán, o que se produzca un peligro 
            para la vida de las personas, la integridad físico para la salud, si 
            el proveedor incurre en una negligencia temeraria, negligencia con 
            premeditación y en casos de silencio doloso sobre un vicio. Quedan 
            intactas las disposiciones legales sobre la suspensión de la 
            prescripción, la suspensión y el reinicio de los plazos.  3. El comprador deberá informar al proveedor por 
            escrito, sin dilación alguna, de cualquier defecto detectado.  4. En caso de reclamación por vicios, el 
            comprador podrá retener los pagos en una proporción adecuada a los 
            vicios que se hayan producido. El comprador sólo podrá retener los 
            pagos en caso de reclamar vicios sobre cuya legitimidad no exista 
            ninguna duda. En caso de reclamación ilícita por vicios, el vendedor 
            tendrá derecho a exigir del comprador la restitución de los gastos 
            ocasionados. 5. Ante todo deberá concedérsele al proveedor la 
            oportunidad de cumplimiento ulterior dentro de un plazo adecuado.
             6. Si el cumplimiento ulterior fracasa, sin 
            prejuicio de posibles pretensiones de indemnización según §6, el 
            comprador podrá rescindir el contrato o reducir la remuneración. 7. No existe derecho a reclamar por vicios 
            materiales si sólo se produce una desviación leve de las 
            características acordadas, si sólo existe un leve menoscabo de la 
            utilidad, en casos de desgaste natural o defectos producidos después 
            del traspaso de riesgos y ocasionados por a un tratamiento erróneo o 
            negligente, sobrecarga, utillajes inadecuados, obras defectuosas, 
            solares de edificación inapropiados o bien emanados de causas 
            externas especiales no estipuladas en el contrato, así como fallos 
            informáticos que no se puedan reproducir. Tampoco se admitirán 
            reclamaciones por defectos ocasionados por modificaciones o trabajos 
            de mantenimiento inadecuados, efectuados por el cliente o por 
            terceros, ni por las consecuencias que de ellos se deriven.  8. Se excluye cualquier reclamación del comprador 
            sobre los gastos necesarios para el cumplimiento ulterior, en 
            particular gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y 
            material, en tanto el aumento de dichos gastos se deba a que, con 
            posterioridad, el objeto de suministro haya sido trasladado a un 
            lugar distinto del domicilio del comprador, a menos que el traslado 
            corresponda a la utilización prevista.  9. El comprador sólo tendrá derechos de regreso 
            el frente al proveedor según §476 Código Civil alemán (regreso del 
            empresario), en tanto que no haya llegado con su propio cliente a 
            acuerdos que excedan los derechos a la reclamación de vicios 
            legalmente establecidos. La envergadura de los derechos de regreso 
            del comprador frente al proveedor se rige por el nº8 del §478, 
            párr.2, Código Civil alemán. 10. Las pretensiones por daños y prejuicios se 
            rigen además por el §6 (otros derechos a indemnización por daños y 
            perjuicios). Se excluyen cualesquiera otras pretensiones del 
            comprador por vicios materiales contra nuestros auxiliares 
            ejecutivos, que excedan o difieran de las previstas en el §8. VI. Otros derechos a indemnización por daños y 
            perjuicios 1. Se excluyen los derechos a indemnización de 
            daños y perjuicios y mejoras del comprador (en lo sucesivo: derechos 
            a indemnización por daños y perjuicios), sea cual fuere su causa y 
            especialmente los emanados de la violación de obligaciones de la 
            relación obligacional y de actos ilícitos.  2. Lo anterior no es válido en tanto se responda 
            obligatoriamente, p.ej. en casos de dolo, de negligencia temeraria, 
            por violaciones que constituyan un riesgo para la vida de personas, 
            la integridad física o para la salud, debido a la violación de 
            obligaciones contractuales esenciales y las incluidas en la ley de 
            responsabilidad de los productos. No obstante, el derecho a 
            indemnización por daños y perjuicios ocasionados por la violación de 
            obligaciones contractuales esenciales se limitará a los daños 
            previsibles y típicamente contractuales, en tanto no exista dolo o 
            negligencia temeraria, o que se responda por violaciones que 
            constituyan un riesgo para la vida de personas, la integridad física 
            o para la salud. No va unida a las reglamentaciones precedentes 
            ninguna modificación de la obligación de probar en detrimento del 
            comprador. 3. En tanto existan para el comprador derechos de 
            indemnización por daños y perjuicios conforme al §6, éstos 
            prescriben una vez trascurrido el plazo prescriptivo para 
            indemnización por daños y prejuicios según §5 nº2. Para 
            indemnización por daños y perjuicios conforme la ley de 
            responsabilidad de los productos se aplicará el plazo prescriptivo 
            legal.    VII. Prenda comercial ·Debido a nuestras pretensiones a 
                causa del pedido, nos corresponden derechos prendarios sobre el 
                objeto propiedad del comprador, en cuya posesión nos encontramos 
                a causa del pedido. Los derechos prendarios también pueden 
                hacerse valer para pretensiones emanadas de anteriores trabajos, 
                suministros de recambios y otras prestaciones, en tanto que 
                éstas estén relacionadas con el objeto. Para otras pretensiones 
                derivadas de la relación comercial, el derecho prendario sólo 
                será de aplicación, en tanto éstas sean indiscutibles o tengan 
                carácter firme. ·Si el objeto no es retirado 
                trascurridas 4 semanas tras el aviso de recogida, estamos 
                autorizados a aplicar derechos de almacenaje una vez vencido el 
                plazo. Si la recogida no se efectúa en un plazo máximo de 3 
                meses a partir del aviso, cesa el deber de conservación, así 
                como cualquier responsabilidad por deterioros ocasionados por 
                descuido o pérdida. Un mes antes de vencer este plazo, le será 
                enviado al comprador un aviso de venta. Tras el vencimiento de 
                este plazo estamos autorizados a enajenar el objeto al valor de 
                mercado para cubrir el pago de nuestros créditos. En caso de 
                producirse un excedente, éste le será reembolsado al comprador.   VIII. Reserva de propiedad En tanto que los recambios o piezas similares 
            instaladas en reparaciones no se conviertan en partes integrantes, 
            nos reservamos el derecho de propiedad sobre estas piezas instaladas 
            hasta el pago íntegro de todos nuestros créditos y las sometemos a 
            una reserva prolongada de propiedad. Si el comprador retrasa el pago 
            o no cumple con sus obligaciones derivadas de la reserva de 
            propiedad, estamos autorizados a pedirle el objeto al comprador a 
            fin de desmontar las piezas instaladas en él. El comprador 
            responderá de la totalidad de los gastos de recuperación y 
            desmontaje. Si la reparación se realiza en el domicilio del 
            comprador, el cliente tiene que darnos la oportunidad de realizar el 
            desmontaje en el domicilio del comprador. El comprador responderá de 
            los gastos de mano de obra y de transporte. Si el comprador no 
            proporciona la oportunidad de un desmontaje, serán de aplicación 
            cifra 7, apartado 2, frases 1 y 2 respectivamente. Condiciones de venta I. Puesta a disposición de herramientas y 
            dispositivos Normalmente nuestros profesionales especializados 
            están equipados con pequeñas herramientas y herramientas especiales. 
            No facturamos aparte la provisión de dispositivos de gran valor como 
            interfaces de programación, impresoras terminal, monitores, etc. II. Horario de trabajo El horario normal de trabajo empieza a las 07:00h 
            y termina a las 15:30h. Este horario incluye un descanso de 30 
            minutos. El horario normal de trabajo es de 40 horas semanales. 
            Nuestras prestaciones comienzan en el momento en que liberamos el 
            personal especializado para que pueda efectuar los preparativos de 
            viaje y terminan con el regreso a nuestra planta. La clasificación y 
            selección de los profesionales especializados nos corresponde a 
            nosotros.  III. Certificado de trabajo El cliente se compromete a certificarles a 
            nuestros profesionales especializados las jornadas / horas de 
            trabajo, desplazamiento y espera mediante la firma de los 
            justificantes. Posibles inexactitudes serán notificadas por escrito 
            por el comprador. Los datos que figuren en los justificantes de 
            horas de montaje servirán de base para nuestra facturación y serán 
            determinantes para ambas partes. Si el comprador se niega a 
            confirmar las horas empleadas o no les es posible a nuestros 
            profesionales por otras razones recibir la confirmación, éstos 
            justificantes servirán de base para la facturación tal como han sido 
            rellenados por nuestros profesionales especializados.  IV. Reserva de propiedad / reserva de propiedad 
            ampliada Nos reservamos la propiedad de la mercancía y los 
            materiales, en tanto no se haya efectuado el pago de todos los 
            créditos emanados de la relación comercial con el cliente. La 
            reserva de propiedad también se mantiene para todas aquellas 
            pretensiones frente al cliente que tengan conexión con el objeto de 
            compra, p.ej. reparaciones o suministro de recambios así como otras 
            prestaciones posteriores. Esto último no es válido, cuando la 
            reparación haya sido demorada por nosotros de forma inadmisible o 
            cuando haya fallado. Mientras no se hayan satisfecho nuestros 
            créditos anteriormente mencionadas, los objetos no podrán ser 
            revendidos, alquilados, prestados, o regalados, ni tampoco podrán 
            ser entregados a terceros para su reparación. Asimismo, queda 
            prohibida la transmisión en garantía y el embargo. Si el cliente es 
            comerciante (revendedor), le está permitida la reenajenación dentro 
            de las operaciones comerciales usuales siempre cuando nos transfiera 
            a partir de ahora mismo los derechos procedentes de la enajenación a 
            sus compradores o terceros, incluidos todos los derechos accesorios, 
            hasta satisfacer la totalidad de nuestros créditos derivados de la 
            relación comercial. En caso de requerirlo, el cliente se obliga a 
            comunicarnos los nombres y direcciones de sus compradores, cifrando 
            detalladamente la deuda en cada caso. Tenemos derecho a exigir, que 
            nuestro cliente notifique a su comprador de la cesión. Durante la 
            reserva de propiedad, el cliente podrá ejercer el derecho de 
            propiedad y de uso sobre el objeto de la compra, en tanto cumpla sus 
            obligaciones emanadas de la reserva de propiedad y no se encuentre 
            en mora. En caso de que el cliente retrase el pago o no cumpla con 
            sus obligaciones derivadas de la reserva de propiedad estaremos 
            autorizados a pedirle al comprador el objeto de la compra con 
            carácter inmediato y tras emitir un aviso con un plazo adecuado, a 
            liquidar el objeto de la compra por licitación privada al mejor 
            precio posible, efectuando la compensación sobre el precio de compra. 
            El ejercicio de la reserva de propiedad así como el embargo de la 
            mercancía por nuestra parte no equivale a una rescisión del contrato, 
            mientras no existan disposiciones legales imperativas que 
            manifiesten lo contrario. Serán a cargo del comprador todos los 
            gastos de retirada y liquidación del objeto de la compra. En 
            cualquier caso de acceso de terceros al objeto de la compra, sobre 
            todo el embargo o el ejercicio de una prenda de empresa por parte de 
            un taller, el comprador se obliga a notificarnos inmediatamente por 
            escrito, así como a notificar al tercero sin dilación alguna de 
            nuestra reserva de propiedad. Conjuntamente con esta notificación, 
            el comprador tiene la obligación de facilitarnos el acta de embargo 
            y una declaración bajo juramento sobe el objeto embargado. Los 
            costos de intervención serán a cargo del comprador. El comprador 
            asumirá todos los costos que se deriven de la destitución del acceso 
            y costes de reposición del objeto de la compra, en tanto no puedan 
            ser cobrados de terceros. El comprador está obligado a mantener el 
            objeto de la compra que está bajo reserva de propiedad en perfecto 
            estado y realizar sin dilación alguna los trabajos de mantenimiento 
            y reparación previstos o precisos. Si el valor de las seguridades 
            existentes superase los créditos frente al cliente en más del 25% de 
            los bienes reservados, estamos obligados a desbloquear garantías 
            hasta este importe a petición del comprador y a su consideración. V. Recepción y demora en la recepción En principio, al finalizar los trabajos el 
            comprador o su representante procederá a la recepción y le entregará 
            el certificado de recepción a nuestro encargado. Una vez realizada 
            la recepción, el riesgo y la responsabilidad del mantenimiento 
            adecuado de la instalación pasa al comprador. Si por alguna razón 
            ajena a nosotros la recepción no se efectuara al finalizar los 
            trabajos de montaje, se considerará que la recepción de la 
            instalación ha sido efectuada en la fecha de salida de nuestro 
            personal especializado. Si se requiere nuevamente la presencia de 
            nuestros profesionales para la entrega, los costos derivados de esta 
            presencia serán a cargo del comprador. Si el cliente no efectúa la 
            recepción del objeto en el plazo previsto, estamos autorizados a 
            establecer una prórroga. Una vez trascurrida la prórroga, tendremos 
            derecho a utilizar el objeto de otra forma y de efectuar el 
            suministro al cliente dentro de este plazo ampliado. Queda intacto 
            nuestro derecho de rescindir el contrato o exigir indemnización por 
            incumplimiento tras el establecimiento de la prórroga con 
            advertencia de no-aceptación (§326 Código Civil alemán). Dentro del 
            marco de la indemnización por daños y perjuicios, nos corresponde 
            exigir el 20% del precio convenido más IVA como indemnización, sin 
            necesidad de comprobación, a menos que sea demostrable que el daño 
            producido es sustancialmente inferior. Nos reservamos el derecho de 
            reclamar un daño efectivamente mayor. El comprador deberá aceptar 
            suministros parciales (suministros anticipados) en la medida de que 
            esto sea exigible. VI. Ámbito de validez Los montajes en el extranjero están sujetos a 
            condiciones especiales. VII. Garantía por vicios materiales y 
            responsabilidad  El proveedor responderá de los vicios materiales 
            según se especifica a continuación: 1. El proveedor tiene la obligación de retocar, 
            resuministrar o aportar nuevamente - según su criterio – todas 
            aquellas piezas o prestaciones, que dentro del término de 
            prescripción, sin tener en cuenta la vida útil, presenten defectos 
            materiales, en tanto que su causa ya existía en el momento del 
            traspaso de riesgos.   2. Las pretensiones por vicios materiales 
            prescriben a los 12 meses a menos que la Ley prescriba plazos más 
            largos conforme al §438 párr.1 nº2, (edificios y objetos para 
            edificios), 479 párr.1 (derecho de regreso) y 634a párr.1 nº2 (vicios 
            en edificios) del Código Civil alemán, o que se produzca un peligro 
            para la vida de las personas, la integridad física o para la salud, 
            si el proveedor incurre en una negligencia temeraria, negligencia 
            con premeditación y en casos de silencio doloso sobre un vicio. 
            Quedan intactas las disposiciones legales sobre la suspensión de la 
            prescripción, la suspensión y el reinicio de los plazos.    3. El comprador deberá informar al proveedor por 
            escrito, sin dilación alguna, de cualquier defecto detectado.   4. En caso de reclamación por vicios, el 
            comprador podrá retener los pagos en una proporción adecuada a los 
            vicios que se hayan producido. El comprador sólo podrá retener los 
            pagos en caso de reclamar vicios sobre cuya legitimidad no exista 
            ninguna duda. En caso de reclamación ilícita por vicios, el vendedor 
            tendrá derecho a exigir del comprador la restitución de los gastos 
            ocasionados.   5. Ante todo deberá concedérsele al proveedor la 
            oportunidad de cumplimiento ulterior dentro de un plazo adecuado.
               6. Si el cumplimiento ulterior fracasa, sin 
            prejuicio de posibles pretensiones de indemnización según §6, el 
            comprador podrá rescindir el contrato o reducir la remuneración.   7. No existe derecho a reclamar por vicios 
            materiales si sólo se produce una desviación leve de las 
            características acordadas, si sólo existe un leve menoscabo de la 
            utilidad, en casos de desgaste natural o defectos producidos después 
            del traspaso de riesgos y ocasionados por a un tratamiento erróneo o 
            negligente, sobrecarga, utillajes inadecuados, obras defectuosas, 
            solares de edificación inapropiados o bien emanados de causas 
            externas especiales no estipuladas en el contrato, así como fallos 
            informáticos que no se puedan reproducir. Tampoco se admitirán 
            reclamaciones por defectos ocasionados por modificaciones o trabajos 
            de mantenimiento inadecuados, efectuados por el cliente o por 
            terceros, ni por las consecuencias que de ellos se deriven.   8. Se excluye cualquier reclamación del comprador 
            sobre los gastos necesarios para el cumplimiento ulterior, en 
            particular gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y 
            material, en tanto el aumento de dichos gastos se deba a que, con 
            posterioridad, el objeto de suministro haya sido trasladado a un 
            lugar distinto del domicilio del comprador, a menos que el traslado 
            corresponda a la utilización prevista.    9. El comprador sólo tendrá derechos de regreso 
            el frente al proveedor según §476 Código Civil alemán (regreso del 
            empresario), en tanto que no haya llegado con su propio cliente a 
            acuerdos que excedan los derechos a la reclamación de vicios 
            legalmente establecidos. La envergadura de los derechos de regreso 
            del comprador frente al proveedor se rige por el nº8 del §478, 
            párr.2, Código Civil alemán.  10. Las pretensiones por daños y prejuicios se 
            rigen además por el §6 (otros derechos a indemnización por daños y 
            perjuicios). Se excluyen cualesquiera otras pretensiones del 
            comprador por vicios materiales contra nuestros auxiliares 
            ejecutivos, que excedan o difieran de las previstas en el §8.   VIII. Envío y traspaso de riesgos El envío se efectúa siempre – también en las 
            entregas franco – por cuenta y riesgo del comprador. El riesgo se 
            traslada al comprador en el momento en que se entrega la mercancía a 
            la empresa de transportes, al encargado de la misma o al agente 
            expedidor que efectúa el transporte. Si el transporte se efectúa en 
            nuestros vehículos, el riesgo también se traslada al comprador, a 
            más tardar al abandonar el almacén. Si el comprador lo desea, la 
            mercancía podrá ser asegurada por su cuenta contra daños de rotura, 
            de transporte, de fuego u otros daños. Si falta una orden explícita 
            del comprador, estamos autorizados a determinar el tipo de envío a 
            nuestra discreción. El embalaje lo facturamos a precio de coste. VIIII. Rescisión En caso de rescisión, tanto el comprador como 
            nosotros estaremos obligados a devolver las prestaciones recibidas 
            mutuamente. En caso de cesión del uso o utilización, se retribuirá 
            el valor de la misma, teniendo en cuenta la devaluación que se ha 
            producido en el objeto de la compra mientras tanto.  Disposiciones conjuntas sobre prestaciones, 
            reparaciones y ventas I. Precios y condiciones de pago ·Servicio de montaje y puesta en 
                marcha En lo sucesivo se especifica como facturamos el envío de 
                nuestros profesionales especializados por día natural. Por hora 
                de trabajo - incluido el tiempo empleado en el desplazamiento - 
                facturamos un precio neto de:
 
                                                                                          
            Ingeniero               69,80 EUR 
                                                                                          
            Jefe de montaje     47,50 EUR 
                                                                                          
            Montador              39,95 EUR 
                                                                                          
            Peón                      27,30 EUR   II. Gastos de manutención desplazamientos 
            profesionales Ausencia de 24 horas                             
            24,00 EUR Ausencia mínima de 14 horas                  
            12,00 EUR Ausencia mínima de 8 horas                      
            6,00 EUR   El cálculo de las dietas depende de las horas 
            acumuladas (incluidas horas de viaje) y de si se trata de un viaje 
            de un solo día o de varios. Esto último es el caso, cuando nuestros 
            profesionales tienen que hospedarse una o más de una noche en el 
            lugar del montaje o en las cercanías. En el extranjero, las dietas se calculan sobre la 
            base de la tabla de dietas para el extranjero. III. Dietas de hospedaje A los gastos de alojamiento en el extranjero se les 
            suma el 25% de costes adicionales. IV. Dietas de desplazamiento ·Ferrocarriles alemanes primera clase o 
                vuelo según el coste, más el    25% de gastos adicionales ·Turismo y furgoneta de montajes 0,50EUR 
                / km. V. Suplemento por horas extraordinarias Las horas extraordinarias fuera del horario normal 
            de trabajo (7,5horas diarias) serán facturadas de la siguiente 
            manera:   para los primeros 2,5 h extraordinarias al día              
            25 % a partir de la décima hora al día                                  
            50 % sábados                                                                     
            70 % domingos                                                                 
            150 % para trabajos efectuados el 24 y 31 de diciembre a 
            partir de las 12:00 – 20:00h, así como trabajos nocturnos en el 
            primer festivo navideño y en Nochevieja         250 % todos los demás días del calendario oficial de días 
            festivos                            175 % VI. Condiciones de pago ·Los precios finales son a la salida de 
                nuestra fábrica y no incluyen el IVA. ·Si no figura otra fecha de pago en la 
                factura, los importes facturados son pagaderos en su totalidad 
                inmediatamente después de emitir la factura. El abono parcial de 
                las operaciones sólo será admisible previo acuerdo por escrito. ·Las facturas de reparaciones serán 
                abonadas en el acto. ·Si el comprador retrasa los pagos, 
                estará obligado a reembolsar el interés moratorio que asciende, 
                como mínimo, al interés legalmente establecido. ·Si el comprador retrasa el pago o 
                rechaza una letra vencida, estamos autorizados a retirar la 
                mercancía y, en caso necesario, entrar en la empresa del 
                comprador para quitarle la mercancía. Además estamos autorizados 
                a prohibir la reenajenación, el reprocesamiento y el traslado de 
                la mercancía suministrada. La retirada no implica la rescisión 
                del contrato. ·Si a posteriori llegaran a nuestro 
                conocimiento circunstancias, de las cuales se derive un 
                sustancial deterioro del patrimonio del comprador, poniendo en 
                peligro nuestro derecho a pago, estamos autorizados hacer 
                pagaderas posibles letras, independientemente de su plazo de 
                vencimiento. ·En este caso estamos autorizados a 
                revocar la orden de cobro y exigir pagos anticipados por los 
                suministros pendientes. Las consecuencias legales expuestas en 
                este punto podrán ser evitadas por el comprador mediante 
                garantías por el valor de nuestros créditos que se encuentran en 
                situación de riesgo. ·Para prestaciones no incluidas en el 
                pedido o que difieran del alcance de los servicios, el comprador 
                podrá pedir o nosotros podremos emitir una ampliación de la 
                oferta. En caso contrario, estas prestaciones serán facturadas 
                por medidas excedentes y horas. Los trabajos temporales en obras 
                y sus justificantes se rigen por §15 nº5 VOB/ B (reglamento 
                general de contratación de obras, parte B) ·En pedidos, cuya ejecución tarda más de 
                un mes, se efectuarán pagos parciales del 90% del valor de los 
                trabajos realizados conforme avanza la obra. Estos pagos 
                parciales serán reclamados por nosotros y satisfechos por el 
                comprador en un plazo de 10 días fecha factura.   VII. Lugar de jurisdicción Para cualquier pretensión presente y futura, emanada 
            de la relación comercial con comerciantes según la ley, incluidos 
            letras de cambio y talones a cobrar, el lugar de jurisdicción será 
            exclusivamente el domicilio de nuestra empresa. El lugar de 
            jurisdicción será el mismo, si en el momento de interponer la 
            demanda se desconoce la residencia o el paradero habitual
            del comprador, que tiene su lugar de 
            jurisdicción general en el interior del país. |